El Reglamento de Ecodiseño para Productos Sostenibles — Reglamento (UE) 2024/1781 — fue adoptado el 13 de junio de 2024, publicado en el Diario Oficial el 28 de junio de 2024 y entró en vigor el 18 de julio de 2024. Deroga la antigua Directiva de Ecodiseño 2009/125/CE y hereda su mandato a una escala que aquella directiva nunca habría podido alcanzar: donde 2009/125/CE regulaba unos treinta grupos de productos relacionados con la energía, el ESPR es un marco horizontal extensible prácticamente a cualquier producto físico puesto en el mercado de la Unión, con la exclusión expresa de alimentos y piensos, medicamentos de uso humano y veterinario, plantas y animales vivos, productos de origen humano y vehículos ya cubiertos por legislación sectorial.
La decisión arquitectónica central es la delegación. El ESPR no fija por sí mismo los requisitos de sustancia, durabilidad o reciclabilidad para un grupo de productos concreto. En su lugar, los artículos 4, 5 y 7-12 definen la maquinaria jurídica — los criterios que la Comisión debe aplicar, el procedimiento de consulta con el Foro de Ecodiseño y el grupo de expertos de los Estados miembros, el ciclo de vida del pasaporte digital de producto y el registro central de la UE — y remite cada grupo de productos a un acto delegado dedicado. El Primer Plan de Trabajo, adoptado por la Comisión el 16 de abril de 2025, identifica la cohorte inicial: hierro y acero, aluminio, textiles (con la confección como prioridad), mobiliario incluidos colchones, neumáticos, detergentes, pinturas, lubricantes, productos químicos, productos TIC (smartphones, tabletas, pantallas) y módulos fotovoltaicos relacionados con la energía.
Para cada marca, fabricante, importador y marketplace online que pone productos en el mercado único, esto cambia el cálculo estratégico. El Reglamento de Baterías 2023/1542 deja de ser la única exposición DPP: es la primera de muchas. La prohibición de destrucción de productos de consumo no vendidos, conforme al artículo 25, se aplica a confección y calzado desde el 19 de julio de 2026 para grandes empresas (medianas empresas desde el 19 de julio de 2030), y la Comisión puede extender la prohibición a otras categorías mediante acto delegado. Las sustancias preocupantes señaladas en REACH y en la base de datos SCIP de la ECHA deben aflorar en el DPP. La aplicación conforme al artículo 73 alcanza sanciones de hasta el 4% del volumen anual de negocios en la UE. La contratación pública conforme al artículo 65 puede exigir conformidad ESPR como condición de elegibilidad de los proveedores.
La consecuencia operativa: el DPP ya no puede entregarse como un proyecto por reglamento. Las marcas necesitan una capa de pasaporte horizontal capaz de aceptar cualquier modelo de datos de un acto delegado, federarse contra el registro central de la Comisión, exponer el flujo SCIP de sustancias y escalar sobre portafolios de producto que cubren dos, tres o cinco actos delegados distintos en paralelo. Este pilar mapea la pila jurídica, define la arquitectura de datos y muestra cómo una sola plataforma puede sostener la exposición ESPR completa de una marca multi-categoría sin ceder bajo la siguiente ola del Plan de Trabajo.